SAT anuncia último día a contribuyentes para permanecer en el RIF

Aquellos que no presenten su Aviso, el SAT les asignará el régimen de acuerdo con las disposiciones aplicables.

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Imagen: Captura de pantalla SAT.
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El SAT por medio de un comunicado en Twitter, anunció que las personas físicas que tributan actualmente en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) y que desean permanecer en dicho régimen, deben presentar su Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones a más tardar el 31 de enero de este 2022.

¿Qué pasa si no presento mi aviso antes del 31?

Los contribuyentes que no presenten su aviso de permanecer en el RIF, a partir del 1 de febrero se les asignará el régimen de acuerdo a las disposiciones aplicables.

¿Cómo presento el aviso en el RIF?

Para presentar el Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones, debes ingresar al portal del SAT.

Dentro del apartado Trámites del RFC/Actualización del RFC, debes elegir la opción “Presenta el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones.”

Imagen: Captura de pantalla SAT.

Posteriormente, se abre otra ventana en donde darás clic en Iniciar para luego ingresar tu RFC y contraseña.

Imagen: Captura de pantalla SAT.

Enseguida se muestra la Declaración de permanencia en el RIF, contesta la pregunta: ¿Optas por continuar pagando tus impuestos en el Régimen de Incorporación Fiscal?; selecciona Sí para continuar en dicho régimen fiscal, o en su caso, No si prefieres optar por otro régimen; posteriormente da clic en Continuar.

Imagen: Captura de pantalla SAT.

Si optaste por continuar en el Régimen de Incorporación Fiscal, enseguida se mostrará un aviso con la leyenda SU TRÁMITE HA FINALIZADO con el folio de dicho trámite.

En caso de que hayas optado por otro régimen fiscal, sigue los pasos que te indica el cuestionario de actividades ecónomicas; al finalizar el trámite obtendrás el folio y acuse del mismo.

Para mayor información consulta la Guía de Aviso de opción Régimen de Incorporación Fiscal.

El SAT agregó que para contribuyentes que quieran pasar al Régimen Simplificado de Confianza y tienen beneficios pendientes del RIF, podrán aplicar los acreditamientos, deducciones y solicitar en devolución los saldos a favor que tuvieran pendientes a más tardar en la declaración anual del ejercicio fiscal 2022; después de este ejercicio fiscal no podrán realizar dichos acreditamientos.

¿Qué es el RIF?

El Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) es un esquema fiscal a través del cual tributan tanto los dueños de un negocio como aquellos que realizan servicios que no requieren título profesional, actividades por las que en un año sus ingresos no rebasen los 2 millones de pesos.

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