Cuatro feminicidios se han registrado en Yucatán en lo que va del 2023
Yucatán se ubica entre los estados con menor incidencia en feminicidios.
Al primer trimestre de 2023, Yucatán reportó cuatro casos de feminicidio –todas eran mayores de 18 años de edad-, con lo que ubica entre los estados con menor incidencia de este delito, que se castiga hasta con 65 años de cárcel, de acuerdo con lo establecido en el Código Penal del Estado.
Según la legislación vigente, comete el delito quien dolosamente prive de la vida a una persona de sexo femenino por una razón de género.
Las cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP) de la Secretaría de Gobernación (Segob), en el mismo período se registraron ocho casos de lesiones dolosas en contra de mujeres.
De enero a marzo de 2023, de acuerdo con la información del SNSP, se registraron a nivel nacional 220 casos.
Encabeza la lista el Estado de México, con 25 casos (11.4% del total). Le siguen Veracruz, con 19 (8.6%) y Nuevo León, con 15, que son el 6.8%.
Los de menor incidencia fueron Aguascalientes y Baja California Sur, con un registro cada uno, y con dos, Campeche, Coahuila y Querétaro.
Los estados de Colima, Durango, Nayarit, San Luis Potosí, Tamaulipas y Yucatán, reportaron cuatro.
En 2022 Yucatán reportó cinco de estos delitos, y en 2021, tres casos. La cifra máxima se registró en 2017, con nueve.
En 2015 y 2016, se reportó un caso por año.
El Código Penal de Yucatán señala que para considerar un homicidio en contra de una persona del sexo femenino como feminicidio, deben ocurrir algunas circunstancias, entre ellas que la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo, previas o posteriores a la privación de la vida; que a la víctima se le hayan practicado mutilaciones genitales o de cualquier otro tipo, cuando estas impliquen menosprecio a la mujer o a su cuerpo; que existan antecedentes de violencia familiar, laboral o escolar, motivada por razones de género, del sujeto activo en contra de la víctima; la pretensión infructuosa del sujeto activo (homicida) de establecer o restablecer una relación de pareja o de intimidad con la víctima; que haya existido entre el sujeto activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza, entre otras como las amenazas previas.
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