Arrendamientos irregulares serán sancionados

Semarnat castigará a los que lucren con suelo considerado patrimonio de la nación.

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Solo se podrá hacer uso de estos bienes a través de un permiso. (Luis Ballesteros/SIPSE)
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Luis Ballesteros/SIPSE
PLAYA DEL CARMEN, Q. Roo.- Dentro del operativo de semana santa, inspectores de la procuraduría federal del medio ambiente y de Zona Federal Marítimo Terrestre realizarán inspecciones en las playas de la Riviera Maya donde parte de la atención se concentrara en conocer la regularidad de las concesiones y el uso que se le da a las playas. Identificando casos de subarrendamiento, los cuales son considerados ilegales, detalla el subprocurador federal, Canek Vázquez Góngora.

La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal faculta a la Semarnat para ejercer la posesión y propiedad de la nación, en las playas, la Zona Federal Marítimo Terrestre (Zofemat) y  los terrenos ganados al mar.

Corresponde a la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales a través de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre vigilar, delimitar y concesionar el uso y aprovechamiento de esta zona a terceros.

Concesionarios de playas en la Riviera Maya subarrendan a particulares, lucrando con un espacio considerado patrimonio de la nación. Ante ello, el subprocurador federal mencionó que existe un reglamento que prohíbe lucrar y hacer uso indebido de las concesiones. Kanek Vázquez dijo durante el inicio del operativo de playas que los inspectores están facultados para revisar la condición de los arenales, por lo que se va a aplicar la ley a quién este infringiendo reglas y normativas vigentes.

Por definición y de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 de la Ley General de Bienes Nacionales, la Zona Federal Marítimo Terrestre es un bien de la Nación de uso y dominio público, y por lo tanto es inalienable, imprescriptible e inembargable y no está sujeto a acción de posesión definitiva o provisional por particulares. Los terrenos ganados al mar, en tanto no sean desincorporados del dominio público tienen el mismo tratamiento que la Zona Federal Marítimo Terrestre.

Los particulares y las instituciones u organismos públicos sólo podrán usar, aprovechar y explotar estos bienes a través de una concesión o permiso de acuerdo a las reglas y condiciones que establezcan las leyes aplicables y el propio título de concesión.

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