Avalan nulidad de elecciones por publicidad en Tv o radio
Se aplicará cuando un candidato o partido adquiera espacios en medios masivos en tiempo electoral.
Agencia
MÉXICO, D.F.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión declaró constitucional la reforma que establece la nulidad de elecciones cuando un candidato o partido adquiera tiempos en radio y televisión en época electoral; luego de recibir el oficio del congreso local de Quintana Roo, junto con el de 18 entidades más, donde consta la aprobación de esta modificación de ley.
En la sesión de la Comisión Permanente de este miércoles se dio cuenta que 19 congresos estatales aprobaron dicha reforma al tercer párrafo de la Base VI del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, informa la agencia de noticias Notimex.
Entidades que avalan la reforma
El presidente en turno de la Comisión Permanente, Héctor Gutiérrez de la Garza, declaró constitucional dicha reforma luego de recibir los oficios de los congresos de los estados de:
- Baja California Sur | - Puebla |
- Campeche | - Querétaro |
- Chiapas | - Quintana Roo |
- Chihuahua | - San Luis Potosí |
- Coahuila | - Sinaloa |
- Durango | - Tabasco |
- Guanajuato | - Tamaulipas |
- Hidalgo | - Veracruz |
- México | - Yucatán |
- Nayarit |
A la espera de su publicación
La reforma que fue turnada al Ejecutivo Federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación, establece que sea causa de nulidad en las elecciones, la compra o adquisición de tiempo en radio y televisión con fines propagandísticos. Así como la adquisición de cobertura informativa o tiempos de radio y televisión, que esté fuera de lo previsto en la ley.