Guarderías no cuentan con detectores de humo

Autoridades de Protección Civil buscan garantizar la integridad de los infantes en caso de incendio.

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En lo que va del año han revisado 200 guarderías, la mayoría cumple en un 80% los lineamientos de la Ley de Protección Civil. (Gerardo Amaro/SIPSE)
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Paloma Wong/SIPSE
CHETUMAL, Q. Roo.- Los edificios que albergan las guarderías en el Estado cumplen en un 80% los lineamientos de la Ley de Protección Civil, con respecto a las medidas de seguridad en caso de incendio.

Jesús Rodríguez Herrera, director del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) en Quintana Roo, dijo que entre las modificaciones a la Ley de Protección Civil destacan la colocación de sensores de humo en las guarderías, a fin de garantizar la integridad de los infantes en caso de incendio.

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Explicó que como DIF Estatal, les corresponde la supervisión de los parvularios, acción que realizan de manera paulatina, ya que la revisión de cada estancia infantil será reportada a nivel federal, para que al final se tenga un padrón exacto de estos establecimientos.

“Es un tema de Ley del cual estamos trabajando y queremos que todos los centros tengan las mismas medidas de seguridad, porque la Ley es muy clara y sobre eso tenemos que trabajar y más porque ahora el DIF tiene a cargo la revisión de estas estancias infantiles”, comentó.

Revisión de guarderías

En lo que va del año han revisado 200 guarderías, la mayoría cumple en un 80% los lineamientos de la Ley de Protección Civil, ya que en la práctica les hacen falta los detectores de humo.

De acuerdo con la Dirección Municipal de Protección Civil las estancias infantiles en general deben contar con su reglamento interno, detectores de humo, extintores y el personal debidamente capacitado para brindar los primeros auxilios, además de realizar al menos dos simulacros al año.

Otro de los parámetros es que deben tener instalaciones hidráulicas, eléctricas, contra incendios, de gas, intercomunicación y especiales, de acuerdo con los reglamentos respectivos. Ninguna podrá estar ubicada a una distancia menor a 50 metros de establecimientos que pongan en riesgo la integridad física y emocional de los menores de edad.

“Hoy la apertura no puede depender de una autorización, sino que debe de traer consigo una autorización general del Comité Estatal para la Prevención de la Vigilancia del Cumplimiento de la Ley de los Derechos de los Niñas y las Niñas”, afirmó Rodríguez Herrera. 

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