¿Sabías que puedes hacer ‘inembargable’ tu vivienda?

Hay una ley que protege los inmuebles que son declarados como bienes familiares.

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La vivienda familiar puede declararse como patrimonio familiar para protegerla de embargos. (Jesús Tijerina/SIPSE)
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Selene Hidrogo/SIPSE
CANCÚN, Q. Roo.- Para ‘blindar’ de forma legal una vivienda si en el futuro se tienen problemas económicos, existe una ley que protege de forma legal el inmueble de futuros problemas como ser vendido, comprado, donado, cedido, pero en especial para que no pueda ser embargado, se trata de la ley de Patrimonio Familiar. 

El patrimonio de familia es una institución jurídica creada para cuidar ciertos bienes considerados indispensables para la subsistencia de este grupo de personas. 

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el tercer párrafo de la fracción XVII del Artículo 27 constitucional expresa que: “las leyes locales organizarán el patrimonio de familia determinando los bienes que deben constituirlo, sobre la base de que serán inalienables y no estarán sujetos a embargo ni a gravamen alguno”

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De acuerdo con el Artículo 1200 del Código Civil del estado de Quintana Roo, sólo puede constituirse un patrimonio familiar por familia, la cual debe estar establecida por el padre, la madre, los cónyuges, o bien por el pariente de cualquier grado que suministre alimentos a sus ascendientes, descendientes o colaterales, siempre y cuando vivan formando una familia.

El valor máximo de los bienes afectos al patrimonio de la familia será el equivalente a quince mil días del salario mínimo general, fijado para la zona económica donde estén ubicados. 

La casa en que se constituya el hogar conyugal y los muebles de este son inembargables, salvo que el crédito que se cobre se origine en el precio de los muebles o en la hipoteca para mejorarla con consentimiento de ambos consortes.

Cómo proteger un inmueble

Se puede promover el juicio civil, con un procedimiento llamado jurisdicción voluntaria, donde, con documentos y testigos, el solicitante comprueba es el patrimonio de su familia y se solicita que se  declare patrimonio familiar al juez para que este  emita un oficio al director del registro público para que se inscriba, surta sus efectos legales y la propiedad pase a ser inembargable.

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