Prepara Procuraduría lluvia de amparos contra el fisco

La dependencia defensora señala que la deducción de impuestos para personas físicas es inequitativa.

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La Prodecon indica que la Reforma Hacendaria afecta la devolución de impuestos. (Israel Leal/SIPSE)
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Stephani Blanco/SIPSE
CANCÚN, Q. Roo.- Por considerar que la deducción de impuestos para personas físicas es inequitativa, ya que afecta a los que generan ingresos menores de un millón de pesos,  la Procuraduría Federal del Contribuyente (Prodecon) promueve la presentación de amparos contra el fisco.

La Reforma Hacendaria, que entró en vigor el 2014, trajo cambios en las deducciones de impuestos, afectando la devolución de estos por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Ahora al momento de presentar la declaración anual una persona física, sólo puede deducir lo que resulte menor: El 10% de los ingresos o el 4% de los salarios mínimos generales elevados al año, es decir 93 mil pesos, de acuerdo con la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), en el artículo 151, algo que para la Prodecon, sin duda, perjudica al pagador de impuestos.

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Esto llevó a un estudio de la dependencia defensora que ya prepara una lluvia de amparos, adelantó Marcos Gutiérrez Martínez, delegado estatal de la Prodecon. “Detectamos que afectaron a las personas físicas con menos ingresos, ya que al deducir sólo una parte, la devolución de sus impuestos se reduce”, comentó.

Citó un ejemplo: Dos contribuyentes quieren deducir el servicio de una ambulancia por 50 mil pesos. Uno de ellos registró un ingreso anual por 200 mil pesos, y al poder deducir sólo el 10%, la devolución será de 20 mil pesos, lo que es una cantidad menor a la emergencia médica.

Ayuda para presentar declaración

En cambio alguien que ganó un millón de pesos y deduce hasta cuatro veces el salario, obtiene el total de la emergencia médica y aún podrá deducir 48 mil pesos más. Para la Prodecon esto no debería ser así y para ello estará ayudando a presentar la declaración a quienes consideren la medida como regresiva, para posteriormente iniciar con el amparo para eliminar la medida de manera gratuita. 

El tiempo límite para presentar la declaración anual es el 30 de abril, pero para la presentación de la medida de defensa tienen como límite 15 días después. Los amparos serán promovidos ante el Poder Judicial de la Federación, en los tribunales federales.

Para la presentación puede aplicar cualquier persona que le paguen con una nómina, y presente su declaración de impuestos. “Nosotros no podemos omitir opinión al respecto porque nosotros sólo acatamos las reglas que marca la ley”, comentó Alberto Jiménez Bobadilla, administrador local del SAT. 

Explicó que la obligación aplica sólo para aquellos contribuyentes que tienen ingresos mayores a 400 mil pesos, y que tributan como personas físicas. Para apoyar en la declaración el SAT incrementará el número de computadoras ya que de 15 pasarán a 30, con la finalidad de incentivar el cumplimiento de las personas.

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