Van en contra de las reformas promovidas por Roberto Borge

La Suprema Corte de Justicia de la Nación dio entrada al recurso de inconstitucionalidad.

|
La Acción de Inconstitucionalidad quedó bajo instrucción de la ministra Norma Lucía Piña Hernández. (Ernesto Neveu/ SIPSE)
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram

Ernesto Neveu/ SIPSE
PLAYA DEL CARMEN, Q. Roo.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación dio entrada al recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la Procuraduría General de la República en contra de las reformas promovidas por el gobernador Roberto Borge Angulo.

La Acción de Inconstitucionalidad 57/ 2016 quedó bajo instrucción de la ministra Norma Lucía Piña Hernández, quien hace unos días dictó el acuerdo en el que solicita la declaración de invalidez de reformas constitucionales promovidas por el jefe del Ejecutivo de Quintana Roo, avaladas por mayoría en el Congreso local y publicadas en el Periódico Oficial del Estado.

También te puede interesar: Quintana Roo tiene un gobierno más eficiente: Roberto Borge

El documento señala los preceptos 75, 76, 90, 110, 111 y 160, así como los artículos Primero, Segundo, Tercero, Cuarto y Octavo Transitorios del Decreto 411, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, publicado en el Periódico Oficial de la entidad con fecha 25 de junio del año en curso.

Tales reformas están centradas en las facultades de la Legislatura del Estado, Artículo 75, tales como integrar la lista de candidatos a Fiscal General del Estado, designar y remover, en su caso a este servidor público, al igual que al Contralor Interno de la Fiscalía General del Estado.

También quedó facultada, en el Artículo 76, para ratificar la designación de los Magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado, que realice el Titular del Poder Ejecutivo del Estado, así como tomarles la protesta de ley.

Periodo extraordinario

Convocar a periodo extraordinario para llevar a cabo la designación o remoción del Fiscal General del Estado, designar y remover al Contralor Interno de la Fiscalía General del Estado, así como tomarle la protesta de ley a este último.

La reforma al Artículo 90 faculta al Gobernador del Estado a Formular y remitir a la Legislatura del Estado, la terna de candidatos a Fiscal General del Estado con base en la lista que para tal efecto reciba de aquélla, así como instar el procedimiento de remoción del Fiscal General del Estado, por las causas graves que establezca la Ley para tal efecto.

Le permite, además, designar a los Magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado, los cuales deberán ser ratificados por la Legislatura del Estado o la Diputación Permanente, en su caso.

Servidores públicos

Los ajustes a los artículos 110 y 111 apuntalan Tribunal de Justicia Administrativa del Estado como órgano autónomo y delimita sus funciones, mientras que el 160 refiere a las responsabilidades de los servidores públicos.

Los Artículos Transitorios referidos por la ministra Piña Hernández, aluden a la entrada en vigor de las reformas tras su publicación en el Periódico Oficial del Estado y otros procedimientos derivados de esta.

Tanto el Poder Legislativo como el Ejecutivo del Estado de Quintana Roo fueron notificados con sendos oficios 2491/ 2016 y 2492/ 2016, de donde presumiblemente desprenden las acciones emprendidas por la XIV Legislatura local, en busca de revertir las reformas que ahora ocupan también al Poder Judicial de la Federación.  

Lo más leído

skeleton





skeleton