Busca Ayuntamiento revocar concesión de Aguakan
Comprobarán ante las autoridades que la empresa no tiene capacidad para dar el servicio.
Adrián Barreto/SIPSE
PLAYA DEL CARMEN, Q. Roo.- Los cobros injustificados, los medidores alterados, los problemas de presión de agua y desabasto, y más recientemente problemas en el equipo de bombeo, que han generado una insatisfacción generalizada por el servicio de agua potable de Aguakan, serán medulares en la demanda de recisión que presentará el Ayuntamiento en la primera quincena de este mes.
“Estaremos presentando la demanda de revocación de la concesión que está sustentada en la insatisfacción del servicio que va desde violaciones al momento de otorgamiento hasta la insatisfacción en los hogares porque el bombeo no es suficiente, la calidad de agua no es la adecuada, tenemos desabasto y no hay plan de emergencia. Vamos a buscar ante los tribunales administrativos la demanda de recisión de la concesión antes del 15 de febrero”, anunció Cristina Torres Gómez, presidenta municipal.
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Los expedientes que se recabaron en las mesas de quejas que instaló el Ayuntamiento el año pasado –que ya presentaron ante la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado (CAPA) cuando el Ayuntamiento le solicitó hacer una evaluación del servicio- serán aportados como pruebas ante los tribunales.
Pero además “abriremos el espacio para que todo el ciudadano que quiera formar parte del juicio para ser nuestro testigo hablando con la verdad, diga qué tan satisfecho se encuentran con el servicio de Aguakan y ser parte de esta recisión”.
Con esas argumentaciones se busca comprobar que Aguakan no tiene capacidad para dar el servicio que se le concesionó, con lo que estaría incumpliendo los términos del contrato, de acuerdo con las autoridades.
Sin embargo, para activistas como Enrique Burton, que encabeza la asociación Agua Para Todos, y que ha buscado formas para revertir la concesión, es importante incluir esa violación de las leyes que se hicieron en 2014 por quienes encabezaban el Cabildo en ese entonces, como el Bando de Gobierno que en el artículo 79 establece que “no podrán ser motivo de concesión a particulares los Servicios Públicos siguientes: I. Agua potable, drenaje y alcantarillado (…)”.