Juez rechaza amparo con el que hotel en Akumal quería prohibir acceso a “su playa”
El hotel afirmaba que al permitir el paso a la gente se “violentaban sus derechos”
El complejo hotelero Akumal Beach se amparó en diciembre pasado en contra de la Ley General de Bienes Nacionales, la cual garantiza el acceso público a las playas.
Los actos reclamados de la ley fueron los establecidos en los artículos 8, 45 y 154, sobre el uso común de los bienes nacionales.
El artículo 8 de la Ley establece que el acceso a las playas marítimas y la zona federal marítimo terrestre contigua a ellas no podrá ser inhibido, restringido, obstaculizado ni condicionado salvo en los casos que establezca el reglamento.
En tanto, el Artículo 154 establece sanciones con multa de entre tres mil y hasta 12 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente a los propietarios de terrenos colindantes con la zona federal marítimo terrestre o los titulares de concesiones que por cualquier medio o acto impidan, inhiban, restrinjan, obstaculicen o condicionen el acceso a las playas.
En caso de reincidencia, además de la sanción señalada en el párrafo anterior, se revocará la concesión, autorización o permiso.
El amparo 923/2020 alegaba una presunta violación a los artículos constitucionales 1, 14, 16 y 17.
El artículo 14 de la Constitución indica que ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.
El artículo 16 señala que nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
El artículo 17 apunta que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes.
Al dar acceso público a las playas, que son un bien nacional de carácter inalienable, es decir, que nadie las puede comprar, el hotel consideró que se violentaron sus derechos de acceso a la justicia.
Sin embargo, dicho amparo fue sobreseído por el juzgado. En febrero pasado la justicia determinó negar la suspensión provisional y el 7 de junio dio por resuelto el caso, en sentido negativo para el promovente, la cadena hotelera Secrets.
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