SAT: Recibes pensión, conoce si estás exento de pagar el ISR este 2022

La medida aplica para los jubilados de México que reciban una pensión mayor a ocho veces el salario mínimo.

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Foto: Sipse.
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El Servicio de Administración Tributaria (SAT), informó que esta año cobrará el Impuesto Sobre la Renta (ISR) a los trabajadores jubilados que reciben ingresos por pensión.

Lo anterior siempre y cuando no rebasen el monto de mil 443 pesos diarios o 43 mil 299 al mes para el periodo 2022, es decir que si exedes dicho monto mencionado anteriormente, tienes la obligación de presentar la declaración anual ante el SAT y pagar impuestos al fisco por concepto de ISR.

¿Quiénes no pagarán ISR?

El SAT señala que los ingresos por jubilaciones, planes de ahorro, rentas vitalicias u otras formas de retiro provenientes de la subcuenta del seguro de retiro o de la subcuenta de retiro, censantía en edad avanzada y vejez, previstas en la Ley del Seguro Social o las provenientes de la cuenta individual del sistema para el retiro prevista en la ley de Issste, estarán exentos del pago ISR.

Dicha exención se aplica sobre la totalidad de los ingresos, independientemente de que sean pagados por dos o más patrones.

También estarán exentos del ISR , los ingresos que se perciben por jubilación o pensiones, entre otros, en una sola exhibición, pero solo hasta por un de tres millones de 159 mil 097.20 pesos.

¿Cuánto deberás pagar de ISR si excedes los 43 mil pesos?

El SAT señala que si hay excedente, se deberá pagar el impuesto respectivo, esto también aplica para 2022.

En caso que las pensiones sean mayores a dicha cantidad, el ISR se cubre únicamente por el monto que exceda a lo permitido. Por ejemplo, si se recibe un ingreso por estos conceptos de 50 mil pesos al mes, de principio está exento por 43 mil 299 pesos al mes; solo se pagará ISR por 6 mil 701 pesos.

Aunado a ello, los contribuyentes pueden aplicar las deducciones personales conducentes (gastos médicos, donativos, colegiaturas e intereses hipotecarios, entre otros), lo que reduce el impuesto a cargo.

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